
Estatutos FEDOFÚTBOL ley del deporte: aquí señalamos los artículos del borrador que pueden vulnerar derechos de las asociaciones y cómo defenderlos.
El cruce definitivo: artículos del borrador que vulneran derechos y por qué la Federación debe corregirlos
El fútbol dominicano está en un momento delicado: se habla de suspensiones masivas, se presiona a las asociaciones con “cumplimientos” y se convoca una “vista pública” con condiciones que muchos perciben como restrictivas. En este escenario, lo más peligroso no es una carta: es aprobar un estatuto que, por diseño o por uso, recorte derechos.
La advertencia es clara: la Ley del Deporte exige estatutos democráticos y fija reglas mínimas sobre derechos/obligaciones, órganos de control, quórum, disciplina, elecciones y el rol de la asamblea. Si el borrador se convierte en un arma de suspensión, vaciamiento de la asamblea o bloqueo del fútbol base, la Federación se expone a un conflicto mayor: legal, institucional y reputacional.
PUNTO ROJO 1
Art. 22 (Borrador) — Suspensión: el Comité Ejecutivo puede “apagar” derechos… y hasta el “contacto deportivo”
Qué dice el borrador
- El Comité Ejecutivo puede suspender “por un incumplimiento grave y/o repetido”.
- La suspensión puede mantenerse hasta una asamblea que debe celebrarse en un plazo máximo de 12 meses.
- El miembro suspendido pierde derechos, especialmente participar en asambleas, y además “los otros Miembros no mantendrán contacto, en el plano deportivo” con el suspendido.
- Si un miembro no participa en actividades por dos años, se le suspende el derecho al voto y su gente no puede ser electa/nombrada hasta que “cumpla”
Qué exige la Ley del Deporte
La Ley reconoce que:
- Todo ciudadano tiene derecho a beneficiarse de la práctica deportiva “sin ningún tipo de discriminación”, con límites por integridad física/mental.
- Cuando organizaciones no cumplen requisitos, la Ley contempla un plazo de 18 meses para operar de manera provisional antes de perder reconocimiento y quedar desafiliadas automáticamente (esto es clave como lógica de regularización).
- Y exige estatutos democráticos con reglas claras (derechos/obligaciones, disciplina, quórum, etc.).
Dónde está la vulneración (y por qué es grave)
- Desproporcionalidad: una suspensión “provisional” decidida por el Ejecutivo puede dejar a una asociación sin voz/voto por meses, justo en el calendario donde se toman decisiones clave.
- Castigo colectivo: el texto “no mantendrán contacto, en el plano deportivo” abre la puerta a que el daño lo paguen clubes y atletas, no solo directivos.
- Choque con la regularización: si la Ley permite operar provisionalmente mientras se completa documentación, el estatuto no debería permitir un “apagón” inmediato por incumplimientos administrativos.
Mensaje a FEDOFÚTBOL (incomodidad necesaria): aquí no hablamos de orden, hablamos de poder: este artículo permite suspender primero y “explicar después”, con efecto devastador.
PUNTO ROJO 2
Art. 40 (Borrador) — Delegados y votos: la LDF puede acumular un bloque que altera la representación provincial
Qué dice el borrador
La LDF puede designar:
- 10 delegados si tiene primera división,
- +8 si tiene segunda,
- +5 si tiene liga femenina.
Mientras, cada asociación provincial y demás miembros: 1 delegado.
Qué exige la Ley del Deporte
La Ley exige que los estatutos incluyan mención de que la máxima autoridad es la asamblea general integrada por un representante de cada una de las asociaciones afiliadas.
Dónde está la vulneración (y por qué es grave)
- Representación desequilibrada: si un actor acumula muchos delegados, la asamblea deja de parecerse a una “asamblea de asociaciones” y pasa a ser un parlamento con un bloque dominante.
- Efecto combinado con suspensiones: si además se suspende a asociaciones, el bloque decide con menos oposición.
Mensaje a FEDOFÚTBOL: no se puede predicar democracia y diseñar un sistema capturable. Si se quiere ponderar, debe hacerse con topes y equilibrio real.
PUNTO ROJO 3
Art. 43 y 44 (Borrador) — Quórum 33% y reglas que permiten “vaciar” la sala sin perder validez
Qué dice el borrador
- Primera convocatoria: más de la mitad.
- Si no hay quórum, dos horas después se sesiona con 33%.
- Y si ya se declaró constituida, si delegados se retiran, “su salida no afectará el quórum”.
Qué exige la Ley del Deporte
La Ley obliga a que los estatutos incluyan “quórum para sesionar y adoptar acuerdos” dentro de estatutos democráticos.
Dónde está la vulneración (y por qué es grave)
- Gobierno de minoría: 33% puede decidir por todo el fútbol.
- Vaciamiento estratégico: permitir que se retiren delegados sin afectar quórum, después de constituida la asamblea, habilita maniobras: se abre con número y se vota con menos gente.
Mensaje a FEDOFÚTBOL: esto no es eficiencia, es un atajo para decidir sin consenso.
PUNTO ROJO 4
Art. 49 (Borrador) — Enmiendas: barrera para que un miembro proponga cambios
Qué dice el borrador
Una propuesta de enmienda puede presentarla un miembro, pero si viene “por los delegados de un miembro” para ser válida necesita apoyo escrito de al menos un tercio de los delegados representantes de los miembros.
Qué exige la Ley del Deporte
La Ley exige estatutos democráticos: una democracia real no solo vota; también permite corregir sin candados imposibles.
Dónde está la vulneración (y por qué es grave)
- Con un esquema de delegados que puede concentrar votos (Art. 40), un requisito del 1/3 puede convertirse en un candado: quien controla el bloque controla qué se puede cambiar.
Mensaje a FEDOFÚTBOL: si el estatuto se blinda para que las asociaciones no puedan reformarlo, se está declarando un sistema cerrado.
PUNTO ROJO 5
Art. 55 (Borrador) — “Todas las decisiones que no sean de otros órganos”: cláusula abierta para concentrar poder
Qué dice el borrador
El Comité Ejecutivo puede adoptar “todas las decisiones que no pertenezcan” a la asamblea u otro órgano.
Qué exige la Ley del Deporte
La Ley exige que estatutos incluyan “órganos de dirección y control y sus atribuciones” y que la asamblea sea máxima autoridad en términos reales.
Dónde está la vulneración (y por qué es grave)
- Una cláusula tan abierta se interpreta siempre a favor del Ejecutivo: si no está prohibido, lo decido yo.
- En un contexto de crisis, esto alimenta el modelo “de arriba hacia abajo”, justo lo que la Ley intenta evitar al exigir democracia estatutaria.
Mensaje a FEDOFÚTBOL: gobernanza sin límites claros no es gobernanza, es discrecionalidad.
PUNTO ROJO 6
Art. 38 (Borrador) — Confidencialidad: riesgo de opacidad en decisiones que afectan a todos
Qué dice el borrador
Obliga a integrantes de órganos a guardar secreto de deliberaciones e información confidencial, con excepciones (FIFA/Concacaf, leyes, autoridades).
Qué exige la Ley del Deporte
La Ley exige normas claras sobre disciplina, órganos y control patrimonial, y que los estatutos se rijan democráticamente.
Dónde está la vulneración (y por qué es grave)
- La confidencialidad puede ser razonable para datos sensibles, pero si se usa para ocultar decisiones disciplinarias, suspensiones o maniobras de voto, se convierte en opacidad institucional.
Mensaje a FEDOFÚTBOL: democracia sin transparencia mínima se transforma en “hagan lo que digo y no pregunten”.
PUNTO ROJO 7
“Cláusula mordaza” (Borrador) — Prohibición de “agravios, insultos y ofensas”: riesgo de usarla contra la crítica
Qué dice el borrador
Obliga a prohibir que integrantes profieran agravios/insultos/ofensas contra FIFA/Concacaf/FEDOFUTBOL y órganos, con sanciones por incumplimiento.
Qué exige la Ley del Deporte
Estatutos democráticos deben permitir vida asociativa real y disciplina con procedimientos, no instrumentos para apagar disenso.
Dónde está la vulneración (y por qué es grave)
- Si no se define claramente qué es “ofensa” vs “crítica institucional” vs “denuncia documentada”, esta cláusula puede volverse un mecanismo para castigar al que habla.
- En plena discusión estatutaria, es dinamita.
Mensaje a FEDOFÚTBOL: sancionar amenazas o difamación, sí. Castigar la crítica responsable, no.
PUNTO ROJO 8
Subordinación general (Borrador) — “Clubes, ligas, asociaciones… subordinados y reconocidos por FEDOFÚTBOL”
Qué dice el borrador
Indica que miembros, clubes, ligas y asociaciones estarán subordinados a FEDOFÚTBOL y “serán reconocidas por ella”.
Qué exige la Ley del Deporte
- Las asociaciones deben regirse por estatutos que se correspondan con los de la federación, pero apegados a la ley y sin contradicciones con el COD, etc.10338G_PAGE_03
- La inscripción en RED es requisito para operar y participar en eventos, y para gozar de beneficios del sistema.
Dónde está la vulneración (y por qué es grave)
- Si “reconocimiento” se usa como arma política (te reconozco si te alineas), se rompe la base democrática.
- El sistema legal no está diseñado para “subordinación sin garantías”; está diseñado para integración dentro de la ley.
Mensaje a FEDOFÚTBOL: reconocer no es mandar; reconocer es regular con reglas claras y garantistas.
Lo que la Ley del Deporte le recuerda a la Federación (y conviene que lo tengan impreso)
Dos recordatorios que, en esta coyuntura, son munición legítima para asociaciones:
- La ley exige estatutos democráticos y lista elementos mínimos: derechos/obligaciones, órganos y atribuciones, la asamblea como máxima autoridad con representante por asociación afiliada, quórum, disciplina, patrimonio y periodicidad electoral (máximo 4 años).
- Regularización con plazo: si una organización no cumple requisitos, la ley contempló un margen de 18 meses de operación provisional antes de perder reconocimiento y quedar desafiliada automáticamente.
Guía final: 10 puntos para la vista pública (para “incomodar” con fundamento)
Esto es lo que las asociaciones deberían llevar por escrito y pedir que conste en acta:
- Agenda y objeto: “Exigimos objeto exacto y agenda detallada. Sin eso, no hay debate democrático.”
- Quórum 33%: “Advertimos que permite gobierno de minoría y vulnera el estándar democrático de la Ley.”BORRADOR-ESTATUTOS (1)10338G_PAGE_03
- No vaciar sala: “Si delegados se van, debe recalcularse quórum; lo contrario permite maniobras.”BORRADOR-ESTATUTOS (1)
- Votos LDF: “La asamblea debe representar asociaciones; el esquema de delegados concentra poder.”BORRADOR-ESTATUTOS (1)10338G_PAGE_03
- Suspensión sin apagar el fútbol: “Una sanción administrativa no puede cortar actividad deportiva de clubes y atletas.”BORRADOR-ESTATUTOS (1)10338G_PAGE_03
- Plazo razonable vs guillotina: “La ley contempla regularización con plazo; pedimos proporcionalidad.”10338G_PAGE_03
- Enmiendas sin candados: “El 1/3 para validar propuestas es una barrera antidemocrática.”BORRADOR-ESTATUTOS (1)
- Poder del Ejecutivo acotado: “Cláusulas abiertas (‘todo lo que no sea…’) concentran poder.”BORRADOR-ESTATUTOS (1)
- Crítica no es ofensa: “La cláusula de ‘ofensas’ debe diferenciar insulto de denuncia responsable.”BORRADOR-ESTATUTOS (1)
- Respuesta escrita: “Pedimos que toda respuesta quede por escrito con plazos y responsables.”
